Es un formulario manual o digital aprobado por el Ministerio de Salud. El mismo acredita la incapacidad temporal del trabajador o trabajadora para desarrollar sus labores.
Puede ser extendido por: médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona, según corresponda.
Certifica el derecho a reposo con fines terapéuticos, por un período definido, total o parcial según el criterio del profesional.
Sí, tanto la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), como las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), pueden rechazar la licencia médica de origen común, si consideran injustificado el reposo indicado por el médico tratante.
Este rechazo es un veto a los beneficios de la licencia, privando al empleado o empleada de la remuneración durante la enfermedad y de la justificación para ausentarse a su trabajo.
Las resoluciones de COMPIN y ISAPRE son apelables.
Todos los trabajadores y trabajadoras, dependientes e independientes, tienen el derecho de apelar el rechazo de su licencia, ante la COMPIN o la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), según sea el caso.
El reclamo puede ser realizado por el titular de la licencia o su representante.
En caso de que el trámite sea hecho por un representante debe presentar Poder Simple otorgado por el trabajador afectado.
Este mandato puede ser firmado en nuestra plataforma en poder especial persona natural .Te asesoramos en MuySimple.cl
En ambos casos, si COMPIN mantiene la resolución de rechazo de la licencia, debes interponer un recurso de reposición, y si se mantiene la decisión puedes Reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social. (SUSESO).
Si tu recurso de reposición en COMPIN fue rechazado te mostramos cómo apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social.
Puedes hacerlo de forma presencial en la oficina de Chile Atiende (IPS) más cercana, o de forma on-line en SUSESO, siguiendo estos pasos:
Acceder a www.suseso.cl, el trámite estará disponible de forma permanente, sin costo alguno y para ello debes contar con tú Clave Única.
Si deseas podrías adjuntar también otros antecedentes que avalen tu reclamo, por ejemplo: informes de exámenes imagenológicos, resultados de exámenes de laboratorio, epicrisis, protocolos operatorios, copias de la ficha clínica, etc.
A los 30 días de reclamado puedes consultar el estado de tu trámite en la página web de SUSESO, adicional a ello una vez que esté concluido el proceso te enviarán un correo con el dictamen.
Si la resolución es favorable la superintendencia notifica directamente al administrador del beneficio. De lo contrario dispones de un plazo de 5 días, para interponer un recurso de reconsideración aportando nuevos argumentos.
Aprovecha la ventaja de firmar con inmediatez, además encontrarás diferentes formatos de documentos legales, ya creados acorde a la legislación vigente, redactados por nuestros abogados expertos y que sólo deberás completar,
Adicionalmente contarán con asesoría legal especializada, en caso de necesitarla, y apoyo durante el proceso de creación y rúbrica de los documentos.
Si tienes dudas al respecto puedes consultar a un abogado en Muysimple agendando aquí
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