La firma electrónica se encuentra definida en la Ley N° 19.799, es un identificador electrónico que te acredita como persona natural autora de un documento electrónico. Facilitándote entonces, con pleno valor legal, la firma y gestión de documentos, operaciones, contrataciones, representación virtual ante diversas entidades: bancarias, judiciales, tributarias y muchos otros beneficios, sin necesidad de acudir a un documento físico.
La firma electrónica se puede generar utilizando distintas tecnologías, por ejemplo el Certificado Digital, dónde la firma es avalada por certificadoras digitales y lleva implícito además de tus datos, una fecha de caducidad y contraseñas, pin o algún otro procedimiento de seguridad.
Dentro de las bondades del Certificado Digital como firma electrónica, es la posibilidad de revocarlo, cuando se haya comprometido su seguridad y para evitar que sea mal utilizado por terceros.
Si posees un Certificado Digital es importante que conozcas que, aunque actualmente existen mecanismos muy eficaces para mantener la seguridad sobre el mimos, si en algún momento percibes algún riesgo o sientes expuesta la confidencialidad de tu información es posible siempre Revocarlo.
Revocar una firma electrónica es anular su validez antes de la fecha de caducidad definida en la firma, dejando con esta acción invalidado su efecto legal en todos los dispositivos o equipos en los que estuvo registrada.
La suspensión del certificado puede ser solicitada en cualquier momento, ya sea por la entidad emisora o por el representante de la firma. En ambos casos debe notificarse el uno al otro de esta decisión.
Según está estipulado en la Ley 19.799 son varios los motivos:
Abreviando lo anterior, podríamos enfatizar que la causal más frecuente de solicitud del cese permanente de los efectos jurídicos de la firma es cuando el titular ha olvidado sus claves privadas o sospecha que son conocidas por otros por haberlas entregado, por robo o extravío de su pin u otras razones que surgen al no custodiar adecuadamente los mecanismos de seguridad del funcionamiento del sistema de certificación que proporciona el certificador.
Teniendo en cuenta que cada prestador de servicios de certificación tiene sus propios procedimientos, en caso de decidir Revocar tu firma o certificado te sugerimos acudir a tu proveedor. Por lo general todos tienen habilitada la atención en su página web o vía de contacto con su equipo de atención al cliente, incluido el envío de un correo electrónico desde la casilla de mail asociada al Certificado Digital que se desea revocar.
Una vez contactada la entidad emisora, debes notificarle tu decisión de Suspensión de la firma y exponer los motivos. Ellos procederán con la Anulación, y la firma quedará invalidada en todos los dispositivos en que estaba activada.
Una vez que esté Revocada puedes solicitar una nueva firma electrónica, para que puedas continuar normalmente todas las operaciones que la requerían, con la total certeza de seguridad y protección de tu identidad.
Es importante resaltar que todos los documentos firmados antes de la revocación mantendrán plena validez legal.
Por lo tanto, la revocación del Certificado no anula los documentos firmados antes de la revocación, ni inhabilita las firmas electrónicas realizadas con el Certificado Digital antes de esa fecha.
¿Sabías que para firmar tus documentos en MuySimple no es necesario que tengas una firma electrónica previa?
Así es, nuestra plataforma permite que se cree el Certificado Digital para la firma del documento y esto está incluido en el servicio que brindamos, de manera inmediata y sencilla; validado por certificadoras digitales acreditadas ante la Subsecretaría de Economía.
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