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Conoce los métodos de validación de identidad que existen actualmente

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En Chile los medios de validación de identidad más utilizados son los medios físicos y medios electrónicos.

Lo que verás en este post

En Chile los medios de validación de identidad más utilizados son los siguientes:

Medios físicos

Los medios físicos para validar la identidad consideran la asistencia presencial ante un ministro de fe, quien certifica la identidad de la persona compareciente.

Los ministros de fe han sido designados por la ley, y existen muchos de ellos en Chile, pero aquellos de mayor alcance son los notarios públicos y los oficiales civiles.

Los notarios son privados a los cuales se les ha entregado la facultad de autorizar y guardar en su archivo los documentos que ante ellos se otorgan, de dar a las partes interesadas las certificaciones que pidieren, como la de su identidad, y de practicar otras diligencias que les permite la ley, tales como:

  • autorizar finiquitos, 
  • autorizar compraventas de inmuebles 
  • autorizar compraventas de vehículos

Los oficiales civiles son funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación, que están autorizados para establecer y registrar la identidad civil de las personas y otorgar los documentos oficiales que acreditan la identidad, así como para celebrar matrimonios, emitir certificados, entre otros.

Las características comunes a la identificación de la identidad realizada por los ministros de fe designados por la ley, es que su valor jurídico es de plena prueba, es decir se bastan por sí solos para establecer la identidad de la persona, y solo se pueden desvirtuar aportando los exigentes medios de prueba que señala la ley.

Además de la validación de la identidad de una persona mediante un ministro de fe, dicha identidad se puede acreditar mediante testigos, es decir al menos dos personas que conozcan la identidad del sujeto, y den fe a su respecto. Este medio de prueba de la identidad puede requerir complementarse con otros medios probatorios, tales como documentos.

Medios electrónicos

Además de los medios físicos, existen medios electrónicos que permiten validar la identidad de la persona. Estos medios se encuentran establecidos en la Ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos y firma electrónica.

Dicha ley establece que la firma electrónica avanzada es aquella emitida por prestadores de certificación digital acreditados ante la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, y que cumple con los demás requisitos establecidos en la ley. Además, otorga valor de plena prueba a los documentos electrónicos que son firmados con firma electrónica avanzada, teniendo un valor equivalente a la validación de identidad realizada ante un ministro de fe en forma presencial.

Además de lo anterior, la Ley Nº 19.799 permite que la identidad de la persona sea validada en el entorno electrónico a través de la firma electrónica a secas, que es “cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico, que permite al receptor de un documento electrónico identificar al menos formalmente a su autor”.

Existen distintos tipos de tecnología que permiten generar firma electrónica. Entre ellos los siguientes:

  1. Biometría: uso de elementos de la biología del cuerpo humano, que se consideran únicos en un mismo tiempo y mismo lugar. Entre ellos se hayan la imagen de una persona, su voz, sus huellas digitales, iris, rostro, mano, etc.
  2. Identificación de una persona en un sistema electrónico, tal como un correo electrónico o una plataforma informática: esta también es una forma de validar la identidad de una persona de forma electrónica, tal como lo dispone el artículo 3 de la Ley Nº 19.799.
  3. Certificado digital: firmas electrónicas certificadas por prestadores de certificación digital, que no se hayan acreditados ante la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño. Ejemplos de estos certificados digitales son los que se utilizan para identificar a los contribuyentes ante el Servicio de Impuestos Internos, para la emisión de la factura electrónica.

A diferencia de la firma electrónica avanzada, la firma electrónica no goza el valor de plena prueba y puede requerir complementarse con otros medios probatorios.

Artículo realizado por: Flavio Tapia  Director Ejecutivo de  MuySimple.cl
 
 

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