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Firma digital y Contratos Comerciales

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La firma electrónica ya no es una novedad. El empleo de esta tecnología, ha ganado terreno en la vida cotidiana y el comercio electrónico. No obstante, algunos actores del mercado intervinientes en las relaciones comerciales, aún pueden tener dudas referentes a la eficacia de este instrumento respaldado en Chile por la Ley 19.799.

Lo que verás en este post

Usuarios, clientes o empresas podrían preguntarse:

 ¿Es válido firmar Contratos Comerciales con firma electrónica?

   La respuesta es Sí,  es totalmente válido y legal.

 

¿Qué es un Contrato Comercial?

Un Contrato Comercial es un acuerdo jurídico bilateral que fija las obligaciones y derechos de las partes. 

Los intervinientes lo firman dando su consentimiento y garantizando así la seguridad jurídica en las operaciones que realicen.

Debe cumplir varios requisitos, entre ellos:

  • Incluir obligaciones y derechos de los firmantes,
  • Describir claramente el objeto que, por demás, debe ser lícito,
  • Detallar las vías de entrega y recepción de los bienes o servicios,  
  • Fijar el valor y forma de pago.
  • Precisar el acuerdo de voluntades de las partes con todo su contenido, y la obligación contractual de cumplir con lo pactado.

 

Firma electrónica Simple y Avanzada

La Ley 19.799 regula los documentos y la firma electrónicos. En su Artículo 2 la define así “… cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico, que permite al receptor de un documento electrónico identificar al menos formalmente a su autor”.

Y, a su vez, describe 2 tipos de firma:

  • Firma Electrónica Avanzada (FEA) 
  • Firma Electrónica Simple (FES)

Puedes profundizar más sobre las peculiaridades de la firma electrónica aquí  
 

Firma Electrónica Avanzada (FEA) en los Contratos Comerciales

La firma electrónica es un instrumento ideal en las transacciones comerciales.  

Admite mayor agilidad en los negocios, la autentificación de los firmantes y la comprobación de la procedencia e integridad de los documentos firmados.

La mencionada Ley 19.799 dicta que “… los contratos otorgados o celebrados por personas naturales o jurídicas, suscritos por medio de firma electrónica, serán válidos de la misma manera y producirán los mismos efectos que los celebrados por escrito y en soporte de papel.”

Estos podrían ser, por nombrar algunos:

Todos ellos se pueden formalizar por medios electrónicos. 

Al seleccionar la Firma Electrónica Avanzada para rubricarlos se garantiza mayor robustez jurídica.

Esta firma aporta solidez probatoria en juicio y es generada por empresas certificadoras digitales acreditadas por la Subsecretaría de Economía. 

Los Acuerdos firmados con FEA son inalterables. Utilizan la tecnología del certificado digital, que habilita la detección de cualquier modificación al documento.

 

Ventajas de firmar los contratos con FEA a través de un medio tecnológico.

Aprovecha los beneficios que aporta esta herramienta. Está disponible para personas naturales y jurídicas.  

Al gestionar y firmar tus contratos con FEA, por ejemplo, en la plataforma de MuySimple.cl las ventajas son evidentes:

  •  Se garantizas autenticidad de los firmantes.
  •  El proceso de contratación y firma es más expedito. 
  • Evitas la presencialidad, tiempos de espera y traslados.
  • Te permite expandir el alcance de tus servicios, bienes o negocios.
  • Consigues la firma del cliente de inmediato.
  • Almacenas y conservas, con seguridad y eficiencia, tus convenios firmados.

 

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¿Sabías que en MuySimple.cl puedes firmar documentos con FEA o FES sin moverte de donde estás?
 

Así es, de forma segura, rápida y con validez legal, podrás resolver tus trámites, declaraciones juradas y más de 200 documentos para  firmar y tenerlos disponibles de inmediato.

Además puedes subir tus propios documentos y firmarlos en la plataforma.

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