La Cámara de Diputados aprobó esta semana el proyecto Ley de “Desnotarización”. Nueva normativa que suprime o modifica la intervención de notarios en diversos trámites y gestiones. Facilitando así el acceso a la justicia y agilizando los procesos. Respaldando el reemplazo del trámite notarial por la firma electrónica avanzada y la clave única.
En Muy Simple recibimos con beneplácito esta iniciativa que, por demás, tuvo apoyo transversal en la Sala de la Cámara de Diputados y Diputadas. Junto a otros representantes de la industria hemos impulsado y sostenido el valor de esta herramienta tecnológica y celebramos que se reconozca y potencie la confianza en la documentación electrónica.
En palabras del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero:
“Hoy la Cámara acaba de haber despachado las modificaciones que realizó el Senado al proyecto Desnotarización y con esto tenemos ley. En concreto, se traduce en reducir una cantidad de trámites significativos, incluyendo la participación de notarios en la gestión de ellos, particularmente en procedimientos administrativos y sustituyéndolos por declaraciones simples o por firma digital avanzada. Pero lo fundamental, además, es que le impone a la Administración pública la obligación de eximir de cualquier exigencia notarial, salvo en aquellos casos que expresamente la ley lo establezca”. 13/06
Solo restaría ser promulgada como ley y, de esta forma, entraría en vigor en los próximos meses.
Excelente noticia para emprendedores y pequeñas empresas. Esta acción en pos de la transformación digital reduce la burocracia y vigoriza la alternativa de los documentos electrónicos con firma electrónica avanzada, favoreciendo así el desarrollo económico y la productividad en las empresas.
Puedes consultar en este enlace los trámites que serán “desnotarizados” y los que incorporan el uso del documento electrónico con firma electrónica avanzada.
https://www.desnotarizacion.gob.cl/.
Estos son algunos de ellos:
- Permisos de alteración y de edificación de viviendas económicas, concesión de servicio público de distribución de gas.
- Nombramiento del Comité de administración del condominio o acuerdo de administración conjunta de dos o más condominios.
- Contrato de representación en propiedad intelectual y transferencia de derechos de autor.