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Carta renuncia y finiquito laboral

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Las personas, en su desarrollo profesional, están ligadas de una u otra manera a firmar, alguna vez en su vida, una carta de renuncia o un finiquito laboral. En este artículo de la sección Muy Simple te hace la vida más fácil, hemos querido desarrollar el tema relacionado con el finiquito laboral y la carta renuncia.

Lo que verás en este post

La Carta de Renuncia

Hoy vamos a comentar respecto de las formalidades que deben tener tanto la renuncia de un trabajador, como el finiquito que debe ser suscrito entre éste y la empresa al término del contrato de trabajo (con independencia de la causal por la cual haya terminado).

La renuncia del trabajador debe ser firmada por el trabajador ante el presidente del sindicato, delegado de personal o sindical, o en su defecto ser ratificada ante un notario público o Inspección del Trabajo.

De acuerdo con el Código del Trabajo vigente, el trabajador debe dar aviso con una anticipación de, a lo menos, 30 días.

Pero la falta de aviso no invalida la renuncia ni acarrea consecuencias jurídicas para el trabajador, salvo que su renuncia cause perjuicios directos a la empresa.

El finiquito

En cuanto al finiquito, éste es el documento en el cual trabajador y empresa declaran que no existen obligaciones pendientes entre las partes al término de un contrato de trabajo.

El finiquito tiene varias formalidades:

 

  1. Debe constar por escrito o documento electrónico, firmado ante notario público, Inspección del Trabajo o el presidente del sindicato
  1. La firma del finiquito tiene un plazo imperativo: DENTRO DE 10 DÍAS HÁBILES DE CESADA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS.  Si el finiquito no es puesto a disposición del trabajador dentro de ese plazo, la empresa arriesga una multa.
  1.   Además, tiene algunos contenidos mínimos, entre los que podemos citar:

 

  1. a) Fecha de término de la relación laboral.
  2. b) Sumas adeudadas al trabajador y forma de pago.
  3. c) Declaración de que el trabajador no está sujeto a retención por pago de pensión de alimentos.

 

El finiquito pone término formalmente a la relación laboral, impidiendo al trabajador demandar posteriormente sumas que se le adeuden como consecuencia de dicha relación. 

Existe la opción de firmar el finiquito haciendo “reserva de derechos”.   Esto implica firmar el finiquito, pero reservándose el derecho a demandar posteriormente sumas que todavía le deba la empresa.

  

 

Artículo realizado por: Flavio Tapia  Director Ejecutivo de  MuySimple.cl

 

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